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20 de julio de 1936
20 de julio de 1936

Canarias bajo la autoridad militar: queda prohibida toda huelga y se limita la circulación en las Islas

Se establece un control riguroso sobre las entradas y salidas de los puertos, y los precios de los artículos de primera necesidad quedan congelados
Canarias bajo la autoridad militar: queda prohibida toda huelga y se limita la circulación en las Islas
Palacio de Capitanía, Comandancia Militar de Tenerife
Por J. Pedrosa

Las Palmas de Gran Canaria. La Comandancia Militar de Tenerife ha enviado una nota en la que se recuerda la responsabilidad en que incurren los directivos de las distintas asociaciones proletarias, con arreglo al artículo 8º del Bando declarando el Estado de Guerra en este Archipiélago, estando dispuesto a emplear la máxima energía, incluso aplicar la pena de muerte, caso de resistencia, y de promover huelgas ilegales.

«Se acude al patriotismo y buen sentido de los vecinos de estas islas, que siempre supieron hacer resaltar sus buenas condiciones ciudadanas dando muestras de su amor a la Patria y sana moralidad», añade la nota.

Por tanto, «se consideran ilegales todas las huelgas y, además de la detención de los directivos, se considerarán despedidos y anulados los contratos de aquellos individuos que falten al trabajo».

Advertencia a los obreros

Además, la nota se dirige a los obreros de la siguiente manera: «Esta Comandancia Militar os advierte que, conforme con el espíritu del manifiesto del General Franco, que anima este movimiento salvador de España, serán respetados todos los avances sociales conseguidos por vosotros, siempre que se ingrese normalmente al trabajo, ya que las huelgas están prohibidas en el estado de guerra, y en caso contrario, los contratos actuales de trabajo quedarán anulados, siendo libre, con arreglo a las leyes vigentes la contratación del mismo, procediéndose a la admisión de otro personal».

Control de las comunicaciones y la movilidad

Se reitera que cualquier acto de sabotaje a las líneas telefónicas, telegráficas o de ferrocarril será juzgado bajo la jurisdicción militar. Asimismo, se establece un control riguroso sobre las entradas y salidas de los puertos, exigiendo salvoconductos específicos para cualquier desplazamiento interinsular.

Abastecimiento de víveres

Para evitar el acaparamiento y garantizar el suministro a la población civil, se han dictado normas estrictas para los comerciantes. Los precios de los artículos de primera necesidad quedan congelados al valor que tenían antes de la declaración del estado actual.

Barcos destinados a prisión flotante

Asimismo, por la Autoridad Militar del Archipiélago se han requisado barcos que han quedado habilitados para prisión flotante mientras duren las actuales circunstancias.

Con el fin de organizar los servicios de automóviles, la nota señala que «por lo que respecta a las ofertas de vehículos automóviles deben sus dueños dirigirse al local que ocupa la Sección de Movilización, antiguo Gobierno Militar, con nota explicativa de las características del coche y horas en que se ofrece para prestar servicio, datos con los que el capitán de dicha Sección, Don Fernando López Pozas procederá a determinar el servicio que han de prestar».

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