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30 de julio de 1936
30 de julio de 1936

La Autoridad Militar de Las Palmas limita a 5.000 pesetas mensuales la retirada de efectivo en los bancos

Para las operaciones de carácter comercial que excedan lo ordinario, se exigirá una justificación plena
La Autoridad Militar de Las Palmas limita a 5.000 pesetas mensuales la retirada de efectivo en los bancos
Sucursal del Banco de España en Las Palmas de Gran Canaria
Por J. Pedrosa

Las Palmas de Gran Canaria. Bajo el mandato de la Autoridad Militar y en aras de garantizar la estabilidad económica, la Jefatura de los Servicios de Intendencia de Las Palmas ha hecho públicos los acuerdos alcanzados con las direcciones de las entidades bancarias de la provincia. En una reunión de vital importancia, se han sentado las bases para evitar cualquier maniobra de descapitalización que pudiera comprometer el triunfo del alzamiento militar.

La medida más relevante, firmada por el Jefe de Intendencia, el Sr. Félix Navarro, establece un control estricto sobre el dinero en efectivo. A partir de la fecha, se autorizan extracciones de cuentas corrientes únicamente hasta la suma de 5.000 pesetas mensuales. Los directores de los bancos actuarán como garantes de esta norma, bajo su directa responsabilidad, debiendo asegurar que tales movimientos se ajusten a la normalidad previa al 18 de julio.

La Autoridad Militar de Las Palmas limita a 5.000 pesetas mensuales la retirada de efectivo en los bancos

Control comercial y rural

Para las operaciones de carácter comercial que excedan lo ordinario, se exigirá una justificación plena. En lo que respecta a la provincia de Santa Cruz de Tenerife, los alcaldes de los pueblos tendrán la misión de certificar la veracidad de dichas operaciones, avalando con su firma la cuantía de las mismas. No se permitirá que el capital sea extraído sin un fin productivo y legítimo que contribuya al sostenimiento de la economía canaria.

A fin de asegurar el cumplimiento de estas órdenes, los bancos remitirán a esta Jefatura una relación detallada de todas las operaciones efectuadas los martes, jueves y sábados. Con este control triestacional, la Autoridad Militar se asegura el conocimiento exacto de los flujos de capital, cerrando el paso a la especulación o el sabotaje financiero.

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